Registro Mediadores - ¿Cómo Registrarse?

La incorporación al Registro será condición indispensable para ser designado por el Servicio de Mediación de la Institución de Mediación del CGPE. Organización del Registro:

  • Sección 1ª. Sección de Mediadores Colegiados Ejercientes pertenecientes a uno de los Iltres. Colegios de Procuradores de España.
  • Sección 2ª. Sección de Mediadores Colegiados no Ejercientes pertenecientes a uno de los Iltres. Colegios de Procuradores de España.
  • Sección 3ª. Sección de Mediadores de Sociedades Profesionales.

¿Cómo registrarse?

El proceso se iniciará a instancia del interesado a través de la correspondiente Formulario de solicitud de ingreso, acompañando la documentación necesaria para acreditar la concurrencia de los requisitos exigibles para la inscripción.

Una vez inscrito y en caso de necesitar realizar una modificación de datos, se puede realizar a través del Formulario de modificación de datos.

La Institución resolverá las solicitudes de inscripción que hayan tenido entrada en su Registro, procediéndose a la inscripción automática del interesado, en el caso de que fuera estimada la solicitud. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos se requerirá al solicitante para que en el plazo máximo de diez días hábiles, proceda a su subsanación, con la advertencia de que en caso de no hacerlo, se entenderá que desiste de su petición, procediéndose sin más trámite al archivo del expediente de solicitud de inscripción.