El sistema de designación tendrá el siguiente orden de prelación:
- Elección por parte del usuario de un mediador de la Institución.
- Mediador del listado público de mediadores del Registro de la Institución por riguroso orden de lista y especialidad requerida para la gestión del caso.
- Excepcionalmente, la Dirección de la Institución podrá designar un mediador en función de la complejidad del objeto de mediación.
El trámite de designación de un mediador será automático y también se designará un sustituto, siendo ambos nombramientos notificados.